DERECHOS HUMANOS FRENTE AL DERECHO INTERNACIONAL: ¿QUÉ NOS ENSEÑA LA RECIENTE INTERVENCIÓN DE EE.UU. EN VENEZUELA?

En los últimos días, la relación entre Estados Unidos y Venezuela ha escalado de manera dramática: una operación militar estadounidense atacó territorio venezolano, resultó en la captura del presidente Nicolás Maduro y lo trasladó a Estados Unidos para enfrentar cargos penales, generando opiniones divididas; por un lado, condenas internacionales por presuntas violaciones al derecho internacional y, por el otro, la celebración de dichas acciones por la libertad truncada de los venezolanos, tanto residentes de la nación como quienes de ella salieron. 

Esta situación pone en evidencia tres preguntas profundas:

·       ¿Puede un Estado justificar el uso de la fuerza sobre otro, sin el consentimiento de las organizaciones internacionales o, incluso, de la nación y el gobierno forzado?

·       ¿Qué papel deben jugar los Derechos Humanos cuando las normas internacionales tradicionales -y las propias- parecen fallar?

·       ¿Debería prevalecer la protección de la dignidad humana ante todo y sobre cualquier interés local, geopolíticos y legal?

En este blog exploramos por qué el Derecho Humano debe situarse por encima del derecho internacional formal, a partir del caso Venezuela-Estados Unidos.

1. ¿Qué ha pasado entre EE.UU. y Venezuela?

La intervención estadounidense incluyó ataques de fuerza contra objetivos militares y estratégicos en Venezuela, así como la captura del presidente venezolano y su traslado a territorio estadounidense. 

Estados Unidos defendió estas acciones como parte de medidas vinculadas al combate contra el narcotráfico, pero también expresó su intención de “administrar temporalmente” Venezuela para restablecer el orden. 

Estas acciones han sido rechazadas por numerosos gobiernos y organizaciones internacionales por violaciones del derecho internacional, en particular, en lo que a la Carta de las Naciones Unidas se refiere, específicamente en lo que prohíbe el uso de la fuerza sin una resolución del Consejo de Seguridad o una clara causa de legítima defensa. 

2. Derecho internacional vs. Derechos Humanos

Desde una perspectiva estrictamente jurídica, el derecho internacional clásico (tratados, la Carta de la ONU, costumbres, etc.) rige las relaciones entre países y busca evitar agresiones unilaterales. Sin embargo y en el caso en lo particular:

·       No hubo autorización del Consejo de Seguridad de la ONU.  

·       Estados Unidos actuó sin consentimiento de Venezuela.  

·       La justificación de “narcoestado” y “amenaza” no cumple los requisitos tradicionales de legítima defensa bajo el derecho internacional para una acción militar en territorio venezolano, como Estado libre y soberano.  

No obstante los supuestos normativos antes referidos, existe un vacío normativo que muestra las limitaciones del derecho internacional tradicional para proteger a las personas cuando los intereses de poder prevalecen y, consecuentemente, impactan y vulneran directamente los Derechos Humanos.

Los Derechos Humanos DEBEN ser el foco en la dignidad y la vida de las personas. Estos Derechos buscan proteger la dignidad humana fundamental, como el derecho a la vida, a la seguridad personal y a un juicio justo.

Organizaciones como Amnistía Internacional han expresado preocupación por la militarización de la situación y las consecuencias para las personas civiles y detenidas, pidiendo que se priorice el respeto y protección de los Derechos Humanos sobre consideraciones geopolíticas o legales tradicionales. 

Estos principios incluyen:

·       Protección contra el uso arbitrario de la fuerza.

·       Derecho a un debido proceso.

·       Respeto por la soberanía SÓLO CUANDO protege la vida y dignidad de poblaciones enteras.

3. El argumento clave: ¿por qué el Derecho Humano debe primar?

Porque el derecho internacional puede fallar cuando se politiza.

Históricamente, las reglas internacionales pueden ser ignoradas o reinterpretadas por potencias hegemónicas, especialmente cuando hay “intereses estratégicos” en juego. Venezuela demuestra este riesgo claramente: aunque existan violaciones graves de Derechos Humanos en un Estado, la respuesta no puede basarse en el uso unilateral de la fuerza, sino en mecanismos legítimos como sanciones resultantes de procesos ante tribunales internacionales o presión diplomática multilateral.

También, imperante mencionar que los Derechos Humanos son universales e inalienables, mientras que el derecho internacional puede cambiar según intereses políticos.

Los Derechos Humanos están consagrados en instrumentos como:

·       La Declaración Universal de Derechos Humanos; y

·       Pactos internacionales sobre derechos civiles, políticos, económicos y sociales.

Luego entonces, su propósito es proteger la dignidad humana por encima de los intereses del Estado, o de Estado a Estado.

Priorizar a las personas reduce violencia y abuso, por lo que la lógica de “seguridad nacional o intereses geopolíticos” puede justificar intervenciones que:

·       Aumentan la violencia.

·       Causan muertes civiles.

·       Deterioran la estabilidad regional.  

En cambio, según organizaciones de Derechos Humanos, cualquier acción debe respetar vidas y libertades, incluso de quienes han cometido delitos, mediante procesos judiciales justos e imparciales. 

Conclusión: Hacia un Derecho más Humano

La crisis entre Estados Unidos y Venezuela expone una verdad incómoda: el derecho internacional tradicional por sí solo no garantiza justicia ni protege a las personas más vulnerables. Cuando se politiza, se desdibuja o se ignora, los Derechos Humanos deben funcionar como el criterio supremo para evaluar cualquier acción política o militar, a pesar de la posible violación del derecho interno de los Estados por la aplicación extraterritorial del derecho internacional; esto es, en primera instancia, que el juicio del jefe de Estado venezolano está siendo llevado por una Corte local de un país ajeno al que representa; Estados Unidos.

Sin embargo, un sistema internacional verdaderamente justo es aquel que coloca la dignidad humana antes que los intereses de Estado, porque un derecho que no protege a las personas no merece llamarse “derecho”. De aquí devienen todo conjunto de normas que, partiendo de las necesidades de cada sistema y sociedad, desarrollan y aplican normas vigentes y ad hocs a la necesidad de las mayorías.

Al final, cuando las instituciones no se respetan y, consecuencia de ello, se violan los Derechos Humanos, cualquier disposición normativa pasa a un segundo plano, debiendo entonces enfocarse en su actualización, modernización y adecuada implementación, para ir acordes a las necesidades de protección a la dignidad humana.

En lo que a las imputaciones iniciadas vs el presidente de Venezuela, serán las instancias correspondientes quienes deberán deliberarán al respecto; locales o internacionales, pero basados en la premisa de la protección del Derecho Humano.

Que prime el Derecho Humano ante cualquier interés nacional o internacional

¡Compártelo!

Twitter
LinkedIn
Facebook

Acerca de

En Castillo, Government & Attorneys – CG&A, Legal y Asuntos Públicos brindamos un servicio integral (Anticorrupción, Corporativo, Propiedad Industrial, Fiduciario, Laboral, Comercio Exterior, Regulatorio, Asuntos Públicos y Contencioso Administrativo/Amparo), para así ayudar a nuestros clientes a alcanzar sus objetivos de negocios bajo un esquema de ética, transparencia e integridad.

Recientes

Síguenos en

Ⓒ 2023 - Copyright CG&A Legal Y Asuntos Públicos​